Organismo Convocante: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO de la JCCM.
Normativa: Decreto 7/2021, de 28 de enero, de concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada del COVID-19, cofinanciables con los recursos REACT-EU. (DOCM nº1, de 1 de febrero de 2021).
Objeto: mantenimiento de la actividad económica en los sectores más afectados por la crisis derivada de la expansión del COVID-19.
Beneficiarios: Autónomos/as y PYMES, cualquiera que sea su forma jurídica (incluso entidades sin personalidad jurídica), que pertenezcan a los sectores más afectados por las medidas adoptadas para la lucha contra la pandemia como la hostelería, el turismo y el comercio minorista (comprendidos en el Anexo IV del Decreto).
Requisitos específicos:
– Que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha con anterioridad al 1 de octubre de 2019.
– Que hayan sufrido una reducción de su facturación en Castilla-La Mancha, de más del 40% en los tres últimos trimestres del ejercicio de 2020 respecto del mismo periodo del ejercicio 2019, como consecuencia de la situación ocasionada por el COVID-19.
Obligaciones: Mantenimiento del nivel de empleo, durante 12 meses desde la publicación de este Decreto, en el caso de PYMES, se debe mantener, al menos, el 80% del cómputo de las jornadas completas.
Tipos de ayuda y cuantía. La ayuda varía en función de la plantilla de trabajadores.
Nº de trabajadores (computo de jornadas completas) * | Cuantía de la ayuda | |
Autónomo/a sin asalariados | 1 | 2.100 € |
PYMES (con y sin personalidad jurídica) | Hasta 5 trabajadores | 4.000 € |
Entre 6 y 10 trabajadores | 6.000 € | |
Entre 11 y 25 trabajadores | 8.000 € | |
Entre 26 y 250 trabajadores. | 10.000 € |
Plazo Solicitud: 20 días desde el día siguiente a la publicación en DOCM (1 de febrero de 2021), a través de https://www.jccm.es. Desde el martes 2 de febrero hasta el lunes 1 de marzo.
* Incluida la jornada del autonómo/a.
Para más información consulte la normativa indicada en la cabecera.